Nos complace informar a todos los clientes que mantienen inversiones en inmuebles en Panamá, que la Dirección General de Ingresos (DGI) ofrece para este año un descuento del 15% para quienes cancelen la totalidad del impuesto de inmueble antes del 30 de abril de 2024. El descuento se aplicará automáticamente al monto total adeudado y puede efectuarse a través de diferentes métodos de pago, incluyendo tarjeta de crédito mediante e-tax, banca en línea (consulte con su banco), o boleta de pago en los bancos autorizados por la DGI, y en la propia DGI.
Aspectos Importantes sobre Exoneraciones y Valor Catastral
Es importante recordar que los inmuebles bajo regímenes de PH que gozan de exoneraciones, están sujetos al pago del 1% del impuesto de inmueble sobre la porción de terreno asignado a cada unidad, según su metraje. Este impuesto se mantiene así durante el período de exoneración y esto Ud. lo puede verificar a través de E-tax.
Recomendamos mantener actualizado el valor catastral de su inmueble, luego de una compra, ya que si el precio de compra (terreno y mejoras) supera el valor catastral registrado, esto podría resultar en un pago mayor del impuesto de inmueble. En la escritura de compraventa se desglosa el precio de venta en valor al terreno y valor a las mejoras. Si el valor asignado a las mejoras supera el valor catastral registrado y exonerado, es posible que ud. tenga que hacer una solicitud a la D.G.I, para que se incluya dicha suma en la exoneración, de lo contrario el sistema le cobrará impuesto de inmueble sobre esa suma.
Exoneración por Patrimonio Familiar y Mantenimiento del NIT
Para aquellos inmuebles, cuya exoneración ha terminado y el inmueble constituye su vivienda familiar, pueden solicitar una exoneración por patrimonio familiar que se concede hasta por $120,000. Para valores que excedan esta cifra, se aplicará una tabla de impuestos reducida. Esta solicitud puede realizarse en línea y es automáticamente aplicada, aunque sujeta a revisión por la DGI.
Finalmente, es necesario mantener vigente su Número de Identificación Tributaria (NIT). Si aún no cuenta con este, le recomendamos tramitarlo para tener acceso en la DGI a la cuenta de impuesto de inmueble, verificar aplicaciones correctas de exoneraciones, actualizaciones de valores catastrales, titularidad del inmueble, y otros detalles importantes.
De requerir asesoría profesional sobre este tema, nos favor contactarnos a nuestras oficinas (ver télefonos, emails de contactos en nuestro sitio web).
Por: Lic. Rosa Mari Molino Paz
Experta en Derecho Corporativo, Banca y Valores, Derecho Civil y Derecho Tributario