DGI Actualiza las Reglas del Comprobante Fiscal Electrónico Gratuito (CFEG)
Resolución N.° 201-6299 de julio de 2025
Publicado en Gaceta Oficial Digital N.° 30350 — 25 de agosto de 2025
📌 Contexto General
La Dirección General de Ingresos (DGI) anunció cambios significativos en el uso del Comprobante Fiscal Electrónico Gratuito (CFEG) mediante la Resolución N.° 201-6299, con el objetivo de modernizar el sistema tributario panameño y fortalecer los mecanismos de fiscalización y control.
Esta medida podría impactar a profesionales independientes, pequeñas empresas, comercios minoristas, contadores y a todos los contribuyentes que actualmente utilizan la plataforma gratuita de facturación electrónica provista por la DGI.
🔹 Cambios Clave Introducidos
- Nuevos Límites para el Uso del CFEG a partir de la entrada en vigencia de la Resolucion 201-6299.
- Los contribuyentes solo podrán utilizar el sistema gratuito si:
- Si facturan hasta B/. 36,000.00 anuales, o
- No emiten más de 100 facturas al mes.
- Quienes excedan estos límites deberán migrar obligatoriamente a:
- Un Proveedor Autorizado de Facturación (PAC), o
- Un sistema propio de facturación electrónica certificado por la DGI.
- Optimización Tecnológica
- Mejora en la plataforma gratuita para agilizar la emisión de comprobantes.
- Mayor trazabilidad y seguridad de la información fiscal.
- Integración con sistemas privados para facilitar la interoperabilidad.
- Obligaciones para los Contribuyentes
- Verificar anualmente si cumplen o exceden los límites de ingresos o facturas emitidas.
- Mantener actualizada la información registrada ante la DGI.
- Adoptar, de ser necesario, sistemas privados para cumplir con los nuevos parámetros.
📅 Entrada en Vigencia
La resolución fue publicada en Gaceta Oficial el 25 de agosto de 2025.y entrará a regir el 1 de enero de 2026.
💡 Recomendaciones finales:
La Resolución N.° 201-6299 marca un cambio estructural en el ecosistema de la facturación electrónica en Panamá.
El impacto de esta nueva normativa impacta directamente a: profesionales independientes, pequeñas empresas, comercios minoristas, contadores y a todos los contribuyentes que actualmente utilizan la plataforma gratuita de facturación electrónica provista por la DGI.
En resumen, las personas que se refiere la Resolución, identificadas arriba, deben adecuarse y cumplir con los siguientes aspectos, a partir del 25 de agosto de 2025, a saber:
Si superas los B/. 36,000 anuales o emitiste más de 100 facturas en el año fiscal, ya no puedes usar el CFEG y debes migrar a un sistema de facturación autorizado.
Si desea mayor información sobre este tema, puede contactarnos a: info@rosaslaw.com