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Este permiso fue aprobado mediante el Decreto Ejecutivo No. 6 de 11 de marzo de 2025. Consiste en una residencia provisional por dos (2) años, renovable hasta completar un período total de seis (6) años. Está dirigido a extranjeros que se encuentren en el país en condición migratoria irregular por un mínimo de un (1) año.

Una vez cumplido el período de renovación de seis (6) años, el extranjero podrá optar por la Residencia Permanente. De manera simultánea, se le autoriza trabajar legalmente en Panamá mediante un permiso de trabajo vinculado al permiso de residencia. Este beneficio, sin embargo, no se extiende a los dependientes del solicitante.

El permiso de trabajo se otorga inicialmente por dos (2) años, con renovaciones posterior de seis (6) años. Posteriormente, se podrá acceder a un permiso laboral permanente.

Ambos permisos (residencia y trabajo) se aprueban de manera inmediata por el Servicio Nacional de Migración. Por esta razón, es fundamental comprender bien el procedimiento para solicitarlos.

El solicitante debe cumplir con todos los requisitos establecidos en el Decreto, además de gestionar su afiliación ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel). El trámite solo puede ser realizado a través de un abogado.

Es importante destacar que el proceso solo se inicia mediante cita previa, la cual debe solicitarse en la página web de Migración. Una vez obtenida la cita, el extranjero podrá registrarse en el Registro Único de Extranjería (RUEX), paso obligatorio para cualquier solicitud de residencia. Este registro permite gestionar de inmediato en Mitradel la afiliación correspondiente y el pago de los derechos del permiso de trabajo.

Al momento de asistir a la cita, que se programa para el día siguiente de su solicitud, y una vez presentada personalmente toda la documentación requerida, Migración emitirá un Carnet de Residente Provisional, que incluirá en su reverso el Permiso de Trabajo, ambos con vigencia de dos (2) años.

Para esta Residencia también se estableció que:

  1. i) Las multas migratorias están exoneradas.
  2. ii) El decreto tendrá una vigencia de un (1) año a partir de su publicación..

iii) El costo total de ambos permisos es de $1,250.00.

Para mayor información sobre este tema, favor contactar a Rosas y Rosas al correo info@rosaslaw.com, o bien a: Lic. Rosa Mari Molino o Lic. Yarlene Coronado.